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reglamento europeo protección de datos

Protección de Datos y Ciberseguridad

ama · 05/02/2020 · Dejar un comentario

En los últimos años se han duplicado los ciberataques por medio de la ingeniería social. Es decir, para un ciberdelincuente es, literalmente, el doble de fácil engañar a una persona con falsos emails, SMS y mensajes de WhatsApp que encontrar una vulnerabilidad de software para robarle directamente.

Se trata de un verdadero problema porque la ambición de los hackers no tiene límite. En muchas ocasiones se ‘conforman’ con hacerse con los datos bancarios o cuentas de email de una persona. Pero otras muchas veces aprovechan la información que recaban sobre uno o varios individuos para ciberatacar la empresa u organización en la que trabajan.

En este sentido, cada día es más habitual leer noticias en las que ‘todo el sistema informático de una compañía ha sido tumbado por unos hackers que consiguieron introducir un virus por medio del email en un trabajador’.

Es importante tener en cuenta que todas las personas cometemos errores. Todas. Desde el empleado que se acaba de incorporar hasta el máximo directivo de la organización. A veces, los fallos se producen por falta de atención, es decir por un despiste; por errores de percepción, cuando por ejemplo, pensamos que un correo es legítimo cuando en realidad no lo es; o por errores en la decisión tomada, es decir, cuando sospechamos que algo puede ser peligroso pero asumimos el riesgo y finalmente vemos que hemos tomado una decisión incorrecta.

“La formación es necesaria, pero no es suficiente para evitar riesgos por ataques que explotan el factor humano, por muy formados que estén los empleados de una compañía, si hay alguna vulnerabilidad en los servidores corporativos, tarde o temprano, los hackers conseguirán engañar a alguien para tener barra libre en el sistema”.

Hoy en día la mayor parte de las empresas, sobre todo las pymes, siguen teniendo un nivel bajo de seguridad.

No existe la seguridad perfecta, y los ataques pueden venir desde fuera o desde dentro. Es imposible estar protegido siempre al 100%, aunque se puede estar mejor preparado para evitar los incidentes.

¿Cuáles son los errores en las empresas en seguridad informática?

  • No se dispone de antivirus actualizado. Y en muchos casos se dispone de antivirus gratuitos que no están actualizados y que por tanto no nos protegen bien.
  • No se instalan los parches de seguridad. En los parches se corrigen vulneraciones de seguridad, es importante actualizarlos siempre
  • Se confía en la suerte. Hay malware en muchísimos emails, muchísimo spam.
  • Las contraseñas son débiles.La contraseña más utilizada es 123456 ¡por favor, no la utilices!, crea contraseñas seguras de más de 8 dígitos, que combinen mayúsculas, minúsculas y algún símbolo, que sean fácil de recordar para ti pero que no tengan relación con tu vida (nombre de la mascota, hijo, marido, fechas especiales, etc.)
  • No se dispone de protectores de pantalla y no se configura la contraseña para entrar en PC, portátiles, móviles, Tablet, o no se cambia la contraseña de módems, electrodomésticos, cámaras de videovigilancia, etc.
  • Se navega en redes wifi-gratuitas..
  • Se entra en webs que no tienen un certificado de seguridad instalado esto lo identificaras fácilmente si ves un candado cerrado junto a la dirección de la web.
  • Se descargan apps de fuentes desconocidas. Hay aplicaciones maliciosas en las tiendas oficiales, imagínate en las no oficiales. Revisa siempre las condiciones del servicio, y a qué datos del móvil va a tener acceso la aplicación, la política de privacidad. Si te descargas una APP que tiene acceso a todo, le estás dejando la puerta abierta a todos tus datos (tarjetas, claves, contactos, redes sociales, correo electrónico, etc.)

Dejemos de pensar que eso no me va a pasar a mí o que yo (a nivel particular) o mi empresa (a nivel profesional) no es interesante.

¿Sabes cuánto se estima que se paga por los datos en el mercado negro?

  • nº de tarjeta de crédito 30€
  • Dirección y teléfono 60€
  • Si además disponen de la banda magnética y el PIN 100€

En la siguiente web https://threatmap.checkpoint.com/ podrás ver a tiempo real el número de ataques producidos en el mundo hoy mientras escribo este articulo se han producido ya 5.610.390 ataques.

Todos cometemos errores. Generalmente es por falta de atención, por falta de percepción (parecía que el email realmente era de la agencia tributaria); errores de decisión (sabía que no tenía que hacer clic en el archivo, pero le di sin querer. Hay mucha ingeniería social por detrás que hace pruebas y pruebas.

Cuando es un ataque dirigido a una empresa es todavía más difícil de adivinar. Llegando incluso a suplantar la identidad de una persona de la empresa o de un colaborador.

Contacta con nosotros o bien llámanos al 93 465 25 47 y realizaremos un análisis de riesgos y te asesoraremos sobre las soluciones de seguridad que te ayudaran a proteger los datos.

Los grupos de WhatsApp y la Protección de Datos

ama · 14/02/2019 · Dejar un comentario

Quien no haya sido incluido alguna vez en un grupo de WhatsApp o se haya publicado una imagen en alguna red social sin su consentimiento que levante la mano.

Las redes sociales forman parte de nuestras vidas, nos comunicamos y compartimos información, pensamientos, noticias e imágenes con contactos, amigos y familia.

La cosa se complica un poco cuando de repente alguien crea un grupo para algún evento especial…boda, cumpleaños, grupo de amigos, grupo de vecinos de la comunidad, grupo del cole, del gym, de pádel, etc. etc. etc.

¡Te desconectas un rato del móvil y cuando lo abres de repente tienes 120 mensajes sin leer! Ufff, que pereza!!!

Pensemos un momento en lo que hacíamos cuando teníamos una agenda de papel donde apuntábamos los números de teléfonos de nuestros contactos ¿te acuerdas? Si tienes más de 30 años seguro que lo recuerdas ; -))

¿Hacías fotocopias de las páginas de la agenda y entregabas una copia a todos los contactos que tenías anotados en la agenda?

¿A qué no?

Pues eso justamente es lo haces cuando creas un grupo en WhatsApp ¡Estás haciendo una copia y compartiendo los datos de contacto de todos los incluidos en el grupo sin su consentimiento!

Si hace 30 años éramos cuidadosos de nuestros datos y con los de nuestros contactos ¿Por qué ahora los compartimos sin más?

Añadir personas en un grupo de WhatsApp sin consentimiento es ilegal

Cuando creas un grupo sin el consentimiento de los contactos, quizás estas poniendo en el grupo a 2 personas que han tenido algún problema y que no quieren dar a conocer su número de teléfono al otro. Esto a nivel particular no deja de ser una anécdota, aunque pueda conllevar algún problema a algún contacto que te ha facilitado sus datos pensando que ibas a ser responsable con el uso de los mismos.

A nivel profesional es otra cosa, ya no es una anécdota y puede conllevar sanciones importantísimas a la empresa/autónomo que crea el grupo, por la cesión de datos sin el consentimiento del afectado.

Ayer se publicó en varios diarios digitales la información de que el restaurante chino Wen Zhou de Murcia unió a cientos de sus vecinos al crear un grupo para informarles que habían cambiado el número de teléfono.

¿Cómo obtuvo el número de teléfono el propietario del restaurante?, pues guardándoselo cuando alguien llamaba al restaurante para reservar mesa!!!

¿Está bien?, pues no… los datos solo los podemos utilizar con la finalidad para la cual los hemos recogido (en este caso para gestionar la reserva), y si los vamos a utilizar para otra cosa tenemos que pedir el consentimiento expreso a la persona para que nos autorice a utilizarlos con esa otra finalidad (para crear el grupo de WhatsApp).

¿El propietario del restaurante lo ha hecho con mala intención?, seguramente que no, pero si alguien le denuncia por haber compartido sus datos, podría tener una sanción importante.

OJO con este tema, pide siempre el consentimiento antes de crear grupos o subir una fotografía a las redes sociales, evitaras incomodar a otros y si eres empresa sanciones.

En el siguiente video Berto Romero le explica a David Broncano la que lio por hacer lo mismo con un grupo de amigos para invitarles a ver la obra de teatro que estrena próximamente en Madrid ¡vale más una imagen que mil palabras!  : – ))

 

RGPD – La Base Jurídica del Tratamiento de Datos en Europa

ama · 26/03/2018 · Dejar un comentario

Reglamento Europeo de Protección de Datos

El artículo 6 RGPD establece que el tratamiento de datos solo será lícito en la medida en que se dé, al menos, una de las siguientes circunstancias:

  • Que el interesado haya prestado sus consentimiento para fines específicos.
  • Que el tratamiento sea necesario para la ejecución de un contrato del que el interesado es parte o para aplicar, a petición del interesado, medidas precontractuales.
  • Que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal del responsable del tratamiento.
  • Que el tratamiento sea necesario para proteger intereses vitales del interesado u otra persona física.
  • Que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
  • Que el tratamiento sea necesario para satisfacer un interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado.

Estas condiciones se ven reforzadas cuando se tratan categorías especiales de datos personales (artículo 9 RGPD), el consentimiento  para el tratamiento de este tipo de datos debe ser explícito.

Diferencias entre RGPD y LOPD

La principal diferencia que presenta el régimen de bases jurídicas del RGPD respecto del establecido en la normativa española de protección de datos es que pasamos de un sistema en el que el consentimiento es la base jurídica principal del tratamiento, configurándose el resto de bases jurídicas como excepciones al consentimiento (artículo 6 LOPD), a un sistema en el que existen diferentes bases jurídicas, todas ellas del mismo valor, entre las que el consentimiento es una base jurídica más, igual de relevante que el resto.

reglamento europeo lopd

Otra diferencia es que la normativa española regula de forma separada las bases jurídicas que justifican la cesión de datos, estableciendo nuevamente el consentimiento como base jurídica general y complementándolo con excepciones (artículo 11 LOPD). En cambio, el RGPD no distingue las comunicaciones de de datos de otros tipos de tratamiento.

Por último, debemos tener en cuenta la importancia de determinar correctamente la base jurídica del tratamiento que pretende realizarse, ya que, sin la concurrencia de base jurídica, no cabe el tratamiento de datos y, por tanto, el tratamiento que se realice será ilícito.

La base jurídica del tratamiento es un dato del que se deberá informar a los interesados en el momento de recoger sus datos personales, lo que obligará a los responsables del tratamiento a analizar este punto con especial cuidado y, en todo caso, con carácter previo al inicio del tratamiento.

Si quieres más información sobre el nuevo reglamento y como puede afectar a tu empresa no dudes en contactar con Qualgest

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