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Blog Protección de Datos

Aprobado el proyecto de ley orgánica de protección de datos de carácter personal

ama · 20/12/2017 · Dejar un comentario

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos que adaptará la legislación española a las disposiciones de un Reglamento comunitario de 2016, introduciendo novedades y mejoras en la regulación de este derecho fundamental en nuestro país.

  • Tiene como objetivos aumentar la seguridad jurídica y adaptar la normativa a la evolución tecnológica.
  • Regula la potestad de los herederos sobre la información de personas fallecidas.
  • Se aplicará a partir del próximo 25 de mayo de 2018.

Este Reglamento Europeo, que se aplicará a partir del próximo 25 de mayo de 2018, recoge como uno de sus principales objetivos acabar con la fragmentación existente en las distintas normativas de los países comunitarios. Además, persigue la adaptación de las normas de protección de datos a la rápida evolución tecnológica y los fenómenos derivados del desarrollo de la sociedad de la información y la globalización.

En el caso de España, donde la protección de datos es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución, se recogen novedades, tanto en el régimen de consentimiento como en los tratamientos y en la introducción de nuevas figuras y procedimientos.

Menores y personas fallecidas

Adelanta a los trece años la edad de consentimiento para el tratamiento de datos en consonancia con la normativa de otros países de nuestro entorno. Además, se tomará en cuenta el tratamiento de los datos correspondientes a personas fallecidas en base a la solicitud de sus herederos, se excluye la figura del consentimiento tácito que se sustituye por una acción afirmativa y expresa por parte del afectado y se recoge manifiestamente el deber de confidencialidad. En caso de una inexactitud en los datos personales obtenidos de forma directa, se excluye la imputabilidad del responsable de su tratamiento si éste ha adoptado todas las medidas razonables para su rectificación o supresión.

En las cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos, incorpora el principio de transparencia en cuanto al derecho de los afectados a ser informados sobre dicho tratamiento y contempla de forma expresa los derechos de acceso, rectificación, supresión, derecho a la limitación del tratamiento, así como a la portabilidad y oposición.

Situaciones discriminatorias

Para evitar situaciones discriminatorias, se mantiene la prohibición de almacenar datos de especial protección, como ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, origen racial o étnico y creencias. En estas categorías, el solo consentimiento del interesado no basta para dar viabilidad al tratamiento.

Asimismo, introduce algunos supuestos en los que el legislador contempla como presunción la prevalencia del interés legítimo del responsable del tratamiento de los datos en cumplimiento de determinados requisitos, como en el caso de los sistemas de información crediticia. Igualmente, regula situaciones en las que se aprecia la existencia de interés público, como los relacionados con la videovigilancia y sistemas de exclusión publicitaria («listas Robinson»), la función estadística pública y las denuncias internas en el sector privado.

Otras novedades

Entre las novedades, destaca la potenciación de la figura del delegado de protección de datos, persona física o jurídica cuya designación ha de ser comunicada a la autoridad competente, que mantendrá relación con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Por su parte, esta Agencia se configura como autoridad administrativa independiente cuyas relaciones con el Gobierno se realizan a través del Ministerio de Justicia. Se establece la necesaria cooperación y coordinación con las correspondientes autoridades autonómicas de protección de datos.

En relación con el procedimiento, promueve la existencia de mecanismos de autorregulación, tanto en el sector público, como en el privado, e introduce la obligación de bloqueo que garantiza que los datos queden a disposición de un tribunal, el Ministerio Fiscal u otras autoridades competentes, como la AEPD, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas de su tratamiento, evitando así que se puedan borrar para encubrir el incumplimiento.

En el caso de España, la adaptación de nuestra legislación al Reglamento General de Protección de Datos hace necesaria la elaboración de una nueva Ley Orgánica en sustitución de la actual, cuyas normas y desarrollo deberán ser revisadas y adaptadas para evitar contradicciones. Igualmente, la Agencia Española de Protección de Datos deberá desarrollar cuestiones concretas que el Reglamento comunitario remite a las autoridades nacionales de control y tendrá que revisar sus tratamientos de datos personales para adaptarlos a esas exigencias.

Flujos transfronterizos

Este Reglamento atiende a nuevas circunstancias provocadas, fundamentalmente, por el aumento de los flujos transfronterizos de los datos personales como consecuencia de la actividad del mercado interior, teniendo en cuenta que la rápida evolución tecnológica y la globalización han provocado que esos datos sean un recurso fundamental para la Sociedad de la Información.

Ante esta situación, han aumentado los riesgos inherentes a que las informaciones sobre los individuos se hayan multiplicado de forma exponencial siendo más accesibles y más fáciles de procesar, al tiempo que se ha hecho más difícil el control de su uso y destino.

Actualizar CCleaner, necesario para la protección de datos

ama · 19/09/2017 · Dejar un comentario

A finales de 2017, los desarrolladores de la famosa herramienta CCleaner, de Piriform,  desvelaron en un comunicado público, que su aplicación se había visto comprometida de tal forma que era necesario actualizar el software a su última versión lo antes posible para solucionar el problema.

CCleaner es una de las herramientas de mantenimiento de equipos más utilizadas, permitiendo optimizar el funcionamiento del sistema eliminando ficheros temporales, historial de navegación, cookies, vaciando la papelera de reciclaje, etc., limpiando multitud de archivos o software no deseado.

El pasado 12 de septiembre, se detectó actividad maliciosa en varias versiones de la herramienta, concretamente se han visto comprometidas Cleaner 5.33.6162 y CCleaner Cloud 1.07.3191, las cuales fueron modificadas de manera fraudulenta antes de su liberación, tal y como indican desde la propia compañía. Desde las mismas fuentes indican que el problema ya se ha mitigado y se han lanzado actualizaciones que corrigen la vulnerabilidad.

Tal y como indican desde la propia compañía, el código malicioso estaba realizando, entre otras, las siguientes acciones: nombre del equipo, listado de software instalado (incluyendo actualizaciones de Windows), listado de procesos en ejecución, direcciones MAC, etc.

La investigación sigue abierta y la empresa ha emitido disculpas por cualquier inconveniente que este incidente haya podido causar en sus clientes.

Versiones de CCleaner afectadas

Cualquier usuario que tenga instaladas las herramientas CCleaner versión: 5.33.6162 y/o CCleaner Cloud: versión 1.07.3191 debe dejar de utilizar la herramienta y actualizarla manualmente a las nuevas versiones gratuítas que pone Piriform a disposición de los usuarios (acutalmente es la versión  5.39.6399).

Desde la OSI (Oficina de Seguridad del Internauta) ponen especial énfasis en avisarnos que es muy importante mantener siempre actualizado el software en todos los dispositivos electrónicos que utilizamos (smartphone, ordenador, tablet, gps…), de manera que reduzcamos la posibilidad de estar utilizando software con fallos de seguridad.

actualizar ccleaner

Actualizar el software es importante

Los fabricantes de software se esfuerzan mucho para que sus aplicaciones y programas sean resistentes al malware, virus, troyanos..pero las habilidades de los hackers para encontrar los fallos y las debilidades del software hacen que se convierta casi en un juego del gato y el ratón, donde el hecho de que se expongan fisuras de seguridad hace que los equipos de desarrollo se esfuercen más para solventar errores. Para saber si el software de tu equipo informático necesita actualizarse en alguno de los programas, hay herramientas como ConAn y Secunia Online Software Inspection, que analizan tu ordenador y te muestran qué programas requieren actualizarse. En esta misma línea, ante todo se recomienta la actualización automática del sistema operativo.

De manera adicional, recomendamos aplicar otro tipo de medidas de protección adicionales como realizar periódicamente copias de seguridad de la información para salvaguardar los datos almacenados en el dispositivo, así, en caso de verte afectado por un incidente de seguridad, la información no se verá afectada al tenerla respaldada. Realiza las copias en un soporte que no esté conectado al dispositivo (excepto al hacer la copia), y que incluya toda la información que no quieras perder bajo ningún concepto.

Infórmate cómo mantener siempre tu información bajo control con los productos de software para protección de datos que te ofrecemos desde Qualgest.

Referencias

Security Notification for CCleaner v5.33.6162 and CCleaner Cloud v1.07.3191 for 32-bit Windows users

Google Play Protect, seguridad para smartphone

ama · 18/09/2017 · Dejar un comentario

En Qualgest sabemos de la importancia de proteger los equipos para evitar el temido malware que nos puede hacer perder los datos y la informacion almacenada.
Con el fin de neutralizar a los virus que circulan por la red para infectar los sistemas Android, Google ha creado una solución de seguridad llamada Google Play Protect cuyo principal objetivo es aumentar la seguridad de los usuarios de este sistema.
Fuente de la noticia www.osi.es

Tal y como nos han recomendado en multitud de ocasiones desde la OSI, una de las acciones a tomar para evitar que el smartphone se infecte, es descargar aplicaciones únicamente de repositorios oficiales. En este caso, dado que hablamos de sistemas Android sería Google Play. Sin embargo, pese a los controles de seguridad establecidos por Google para chequear que las apps subidas en su market no tengan fines maliciosos, no se ha conseguido una efectividad del 100%, de hecho, a lo largo de estos últimos años, muchas han sido las apps reportadas por usuarios, desarrolladores y empresas por tener una funcionalidad maliciosa. Por ese motivo, Google ha querido dar un paso más lanzando su propio sistema de protección para Android llamado Google Play Project, cuyas principales características exponemos a continuación.

Activar Google Play Protect

Google Play Protect se integra en el dispositivo móvil a través de una actualización, no es necesario instalarlo manualmente, y se puede encontrar en el menú Ajustes del dispositivo > Google > Seguridad > Google Play Protect.

Activar google play protect

Como se puede comprobar en la anterior imagen, aparece un mensaje que nos indica que se analizará regularmente el dispositivo para revisar si existe alguna aplicación maliciosa, informando de los daños y cómo evitarlos.

A partir de la versión de Android 8.0.0 las opciones de Google Play Protect aparecen disponibles en Google play > Menú > Play Protect, tal y como se muestra en la imagen:

Menu android Google play protect

Funciones de Google Play Protect

Google Play Protect permanece en constante funcionamiento; ésto implica que constantemente escaneará el smartphone o tablet en busca de cualquier tipo de amenaza de seguridad, evitando así que este proceso dependa de que el usuario se acuerde de que debe realizar dicha acción.

como activar Google play protect

Escaneo automático de nuevas aplicaciones instaladas

Todas las nuevas aplicaciones que se descarguen en el dispositivo serán escaneadas y bloqueará aquellas que contengan algún tipo de código malicioso. Además, realizará controles de las aplicaciones de Google Play de tal manera que suspenderá aquellas que infrinjan las políticas de la misma.

escaneo automático de nuevas aplicaciones instaladas

Navegación segura en Chrome

Google Play Protect incluye un sistema de navegación segura de Chrome, permitiendo una navegación de confianza por cualquier página web. Si se accediera a un sitio web que no fuera seguro o de comportamiento inadecuado, se recibiría una advertencia a fin de proteger la seguridad.

web malware navegacion segura

Actualizaciones periódicas de Google Play Protect

Como si se tratara de cualquier otra aplicación, el software de Google Play Protect recibirá actualizaciones de forma periódica, aumentando la capacidad de detección ante las potenciales amenazas que circulan por la Red, y se realizará sin que el usuario se percate del proceso de actualización.

Seguridad en Smartphone y Tablet

Las medidas seguridad de nuestros dispositivos móviles son la principal barrera de protección de nuestros datos e información personal. Por lo tanto, intentamos concienciar a los usuarios de las medidas que deben tomar para su salvaguarda a la hora de utilizar el smartphone o tablet.

Sistemas como Google Play Project te ayudará a aumentar esta seguridad pero recuerda que también debes poner de tu parte aplicando otra serie de medidas de seguridad:

  1. Instala una herramienta antivirus.
  2. Establece un código PIN en tu tarjeta SIM y bloquea la pantalla.
  3. Haz copias de seguridad de la información que almacenas en tus dispositivos. Es la única forma que garantiza que pase lo que pase, no los pierdas.
  4. Utiliza herramientas de cifrado, tu información se convertirá en ilegible ante intrusos que accedan a tu terminal.
  5. Revisa las condiciones y permisos en aplicaciones móviles antes de instalarlas.
  6. Ten mucho cuidado con las aplicaciones milagro y los falsos optimizadores para tus dispositivos móviles.
  7. Si vas a vender tu viejo smartphone, antes borra los datos del móvil.
  8. Si no lo necesitas, deshabilita el modo de depuración USB de Android.
  9. Protégelo por seguridad ante pérdida o robo del móvil.

Proteger nuestros datos privados es importante, pero los datos profesionales aún pueden ser mucho más comprometidos. Te invitamos a que des un vistazo a los servicios para protección de datos de Qualgest para mantener siempre tu información bajo control.

La Audiencia Nacional rechaza el derecho al olvido de un medico

ama · 21/07/2017 · Dejar un comentario

La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de un médico que solicitaba a Google la retirada de un enlace que conducía a un foro en el que un paciente le criticaba de forma muy negativa. En la sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de mayo de 2017 (recurso núm. 30/2016), se revoca la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a la que el doctor recurrió para solicitar su derecho de oposición. Aunque los comentarios del paciente habían sido publicados nueve años antes, a juicio del gestor del motor de búsqueda, la accesibilidad de dicha información a través del buscador «podía estar justificada por un interés superior al derecho individual a la protección de datos: el interés del público y de futuros pacientes en conocer las opiniones y experiencias personales de otros pacientes», explica la web Derecho.com. La decisión de la Audiencia Nacional se basa exactamente en estos motivos: Caracter profesional, no personal: Puesto que el comentario publicado se ciñe únicamente a la actividad profesional del doctor, la protección conferida por la LOPD (Ley Oficial de Protección de Datos) deberá ser necesariamente menos intensa. Es una opinión: El nombre del doctor se utilizaba en el foro en cuestión para expresar una opinión y «las meras opiniones quedan al margen del ámbito protector de la LOPD». Interés general: A juicio de la Audiencia Nacional, existe «un interés legítimo de los internautas potencialmente interesados en tener acceso a la información […], pues al tratarse de un médico en activo, que presta servicios sanitarios privados, los usuarios o potenciales pacientes tienen derecho a conocer las experiencias y opiniones vertidas por quienes, con anterioridad, han sido pacientes de este mismo doctor». Libertad: El Tribunal destaca que la información accesible a través del enlace controvertido en el proceso resulta lícita y amparada por la libertad de expresión. Por tanto, la Audiencia Nacional sentencia que Google no tendría que haber sido obligado a eliminar de sus resultados enlaces que lleven a contenidos de este tipo.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/3095338/0/audiencia-nacional-google-derecho-olvido-aepd/#xtor=AD-15&xts=467263

Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos

ama · 26/06/2017 · Dejar un comentario

Protección de datos en 2018

Estamos atentos a la publicación de la legislación Española en materia de protección de datos, de momento no hay que hacer ninguna modificación en lo que ya estáis haciendo, podéis seguir aplicando los mismos criterios, documentos, clausulas que hasta ahora.

Hemos detectado, que hay empresas poco profesionales que están aprovechando el cambio de normativa para ir a tiendas y empresas diciendo que es obligatorio que se adapten ya al nuevo reglamento. No, eso no es verdad, el reglamento se publicó en mayo del 2016 y será de obligada aplicación y cumplimiento en mayo del 2018. Dificilmente os pueden adaptar estas empresas  a la nueva legislación puesto que todavía no se ha publicado!!!

proteccion de datos 2018

Novedades en Protección de datos para 2018

Cómo que hemos detectado que algunas empresas están inquietas por este motivo os avanzamos las Novedades más destacadas introducidas por el nuevo Reglamento Europeo de Protección de datos:

– El consentimiento «inequívoco». Requisitos que legitiman el tratamiento de datos.
– Los nuevos derechos al olvido y a la portabilidad de los datos.
– Relación entre el responsable y los encargados del tratamiento.
– Las nuevas medidas de responsabilidad proactivas exigibles.
– La obligación de analizar/valorar el riesgo de incurrir en vulneraciones de protección de datos.
– El registro de las operaciones de tratamiento de datos.
– La protección de datos desde el diseño y por defecto.
– La obligación de notificar las violaciones de seguridad de los datos.
– La obligación de evaluar el impacto en materia de protección de datos previamente a iniciar un tratamiento de datos.
– La figura del Delegado de Protección de Datos.
– Las transferencias internacionales de datos fuera el EEE

Otra de las novedades importantes se que las sanciones ya no oscilaran de 900 a 600.000€, según prevé el nuevo reglamento a partir de la fecha de aplicación, las sanciones irán del 2 al 4% de la facturación.

Os seguiremos informando!

Si aún debes aplicar la LOPD en tu empresa o negocio o tienes dudas sobre cómo aplicarla, contacta con Qualgest, te ayudaremos!

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