El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sancionado a España con 15 Millones de euros y una multa diaria de 89.000 euros por no haber adoptado las medidas necesarias para trasponer una Directiva Europea sobre protección de datos personales a la normativa española.
Hablamos de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo.
Los Estados miembros debían transponer esta Directiva Europea a su normativa interna antes del 6 de mayo de 2018, tal y como establece el artículo 63 de dicha Directiva. Sin embargo, a día de hoy, y casi tres años después de la fecha límite, España todavía no ha traspuesto dicha Directiva a su normativa interna.
En consecuencia, la Comisión Europea interpuso, ante el TJUE, un recurso por incumplimiento contra el Reino de España por no haber transpuesto la Directiva (UE) 2016/680. Recurso que ha sido resuelto en fecha reciente por el TJUE mediante la Sentencia de 25 de febrero de 2021 (Asunto C-658/19), cuyo fallo es el siguiente:
1. Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 63 de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos, y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, al no haber adoptado, al término del plazo fijado en el dictamen motivado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva y al no haber comunicado, por tanto, esas disposiciones a la Comisión Europea.
2. Declarar que el Reino de España ha persistido en su incumplimiento al no haber adoptado, en el día del examen de los hechos por el Tribunal de Justicia, las medidas necesarias para transponer a su Derecho interno la Directiva 2016/680 ni haber comunicado, por tanto, a la Comisión Europea esas medidas.
3. Condenar al Reino de España, en el caso de que el incumplimiento declarado en el punto 1 del fallo persista en la fecha en que se dicte la presente sentencia, a pagar a la Comisión Europea, desde esa fecha y hasta que dicho Estado miembro haya puesto fin al incumplimiento declarado, una multa coercitiva diaria de 89 000 euros.
4. Condenar al Reino de España a abonar a la Comisión Europea una suma a tanto alzado de 15 000 000 de euros.
Como puede verse en el fallo de la Sentencia, el TJUE declara que España ha incumplido con sus obligaciones derivadas del Derecho de la Unión y por ello le impone una sanción a tanto alzado de 15 millones de euros, así como una multa diaria de 89.000 euros hasta que no trasponga la Directiva Europea en cuestión.
¿Cómo justifica España dicho incumplimiento?
Tanto en el procedimiento administrativo previo como en el procedimiento ante el TJUE España ha reiterado que la transposición de la Directiva 2016/680 estaba en curso y que su demora se debía al tipo de procedimiento interno que debe seguirse para transponer la Directiva (mediante Ley Orgánica) y a la situación institucional que atravesó el país entre la fecha de adopción de la Directiva, el 27 de abril de 2016, y la fecha de expiración del plazo de trasposición, el 6 de mayo de 2018, caracterizada por varias disoluciones de las cortes, un Gobierno en funciones y la celebración de nuevas elecciones.
¿Cuándo transpondrá España la Directiva 2016/680?
El pasado 9 de febrero de 2021, el Congreso aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, con el objetivo de transponer la Directiva 2016/680, y lo remitió a las Cortes Generales, solicitando que su tramitación parlamentaria se realice por el procedimiento de urgencia.
El dictamen que elabore la Comisión de interior deberá someterse a debate y votación ante el pleno del Congreso requiriendo para su aprobación, por tratarse de una Ley Orgánica, el respaldo de la mayoría absoluta de la Cámara antes de continuar su tramitación en el Senado.
Mientras tanto, se seguirán sumando 89.000 euros de multa diaria por cada día que pase sin que se apruebe definitivamente esta Ley Orgánica que transpondrá la Directiva Europea 2016/680.
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